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ARGENTINA / Un destino de grandeza interrumpido

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Por HÉCTOR AMICHETTI*

Han transcurrido 65 años, la distancia en el tiempo aparece tan grande como la diferencia que separa a los dos proyectos que se enfrentan desde que decidimos ser una nación libre.

La Revolución Peronista, con el gran impulso inicial del 17 de octubre del ’45, cambió la lógica de una Patria sólo en apariencia soberana, puesta descaradamente al servicio de los intereses del capital extranjero y de los oligarcas de adentro.

El 21 de agosto de 1953 el Congreso de la Nación Argentina sancionó la ley 14222 que establecía condiciones para la radicación en nuestro país de capitales extranjeros.

Veamos pues con qué espíritu encaraba el peronismo un tema tan importante e ineludible para consolidar el desarrollo nacional.

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El primer artículo de la mencionada ley establecía:

«Los capitales procedentes del extranjero que se incorporen al país para invertirse en la industria y en la minería, instalando plantas nuevas o asociándose con las ya existentes, para su expansión o perfeccionamiento técnico gozarán de los beneficios que acuerda la presente ley«.

Es decir que orientaba claramente las inversiones hacia el desarrollo industrial y productivo, determinando en su segundo artículo que esos capitales podrían ingresar bajo la forma de divisas o de «maquinarias, equipos, herramientas y otros bienes productivos necesarios para el desarrollo integral de la actividad a la que se dedicará el inversor«.

Para agregar en el artículo siguiente:

«Las inversiones deberán ser aprobadas por el Poder Ejecutivo Nacional teniendo en cuenta que la actividad a la que se destine la inversión contribuya a la realización del desarrollo económico previsto en los planes del gobierno».

Es decir que el capital extranjero ingresaba para contribuir a un proyecto nacional y popular.

Ahora, tomando en cuenta el propio texto de la ley, observemos cuáles eran los beneficios que se otorgaba al inversor extranjero.

«A partir de los dos años de la fecha en que la inversión extranjera haya sido registrada, el inversor tendrá derecho a transferir al país de origen utilidades líquidas y realizadas provenientes de la misma inversión hasta el 8% sobre el capital registrado que permanezca en el país, en cada ejercicio posterior anual«.

Bajo el criterio de que el beneficio lo obtenía en base a riquezas y los recursos humanos argentinos, el inversor extranjero podía girar a su país de origen un razonable -aunque acotado- porcentaje de sus ganancias.

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«Las utilidades no transferidas o capitalizadas y todo excedente de utilidades (por encima del 8% autorizado), quedarán definitivamente nacionalizadas y no podrán ser transferidas al exterior bajo ningún concepto«, decía el artículo octavo.

Para culminar en su artículo décimo expresando:

«A partir de los 10 años de la fecha de la inscripción del capital extranjero originario el inversor tendrá derecho a retirar del país en cuotas de 10% al 20% anual, según se establezca al autorizar la inversión«.

¡Primero la Patria!

Algunos dirán que una ley así ahuyenta al capital extranjero.

Las estadísticas demuestran lo contrario, vinieron al país inversiones para potenciar las producciones manufactureras alimenticias, textiles, bebidas, pinturas y barnices, perfumería y tocador, entre otras industrias de bienes de consumo.

Las inversiones para la extracción de minerales no ferrosos fueron extraordinarias, como asimismo las destinadas al desarrollo de la metalurgia y maquinarias afines, vidrio y material plástico.

Las inversiones de capitales extranjeros que en el año 1953 sumaban 4.906,4 millones de pesos crecieron hacia 1955 a los 6.343,4 millones de pesos.

Luego vino el golpe militar propiciado por la oligarquía y por algunas potencias mundiales que no podían admitir que Argentina hubiera elegido el camino de la independencia económica.

Son los mismos que hoy nos hablan de liberar el capital para que imaginarias inversiones vengan a salvarnos, mientras entregan nuestra Patria al mejor postor.

Volver al Peronismo es el único camino que Argentina tiene para alcanzar su destino de grandeza y dignidad.

*Federación Gráfica Bonaerense / Corriente Federal de Trabajadores

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